Recategorización monotributo 2022: todo lo que hay que saber
Los y las contribuyentes inscriptos en el régimen de monotributo tienen plazo hasta el jueves 20 de enero de 2022 para cumplir con el primer trámite semestral de recategorizaciónde este año.
Según informaron desde Afip, para determinar si corresponde o no cambiar de categoría, los contribuyentes deben controlar los ingresos brutos de los últimos 12 meses y cotejarlos con los nuevos valores de las categorías que se encuentran disponibles en la web oficial de la administración.
El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará en febrero, mes siguiente a la recategorización. Los valores máximos de facturación y la obligación mensual de los tres componentes del monotributo (impositivo, de salud y previsional) se incrementaron en 2022 un 26% respecto del segundo semestre de 2021.
¿Qué es la recategorización?
La recategorización es un procedimiento obligatorio que deben realizar las y los monotributistas para determinar si, de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses, les corresponde cambiar de categoría.
En caso de mantener la misma categoría, no es necesario realizar ningún trámite.
Además, no corresponde recategorizarse si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el régimen simplificado. En cambio, si el período es entre 6 y menos de 12 meses, se deben anualizar los ingresos para hacer la recategorización.
¿Cuáles son los topes de facturación para cada categoría?
Categoría A: $ 466.201 anual
Categoría B: $693.002 anual
Categoría C: $970.003 anual
Categoría D: $1.335.604 anual
Categoría E: $1.774.006 anual
Categoría F: $2.005.007 anual
Categoría G: $2.646.009 anual
Categoría H: $3.276.001 anual
Categoría I: $3.666.612 anual
Categoría J: $4.202.114 anual
Categoría K: $4.662.015 anual