Ley de Etiquetado Frontal: podría demorar hasta un año su aplicación

Tras la fuerte polémica que se generó en el Congreso de la Nación y después de meses de debate, la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, más conocida como Ley de Etiquetado Frontal, fue promulgada por el Gobierno nacional y publicada en el Boletín Oficial para su entrada en vigor.

La norma obliga a productores de alimentos a incluir en los envases advertencias sobre los posibles daños a la salud a través de cinco etiquetas negras que contendrán, según el caso, las siguientes leyendas: “Exceso en azúcares”, “exceso en sodio”, “exceso en grasas saturadas”, “exceso en grasas totales” y “exceso en calorías”.

La Ley lleva el número 27.642 y busca, según el texto aprobado, “Garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada a través de la promoción de una alimentación saludable, brindando información nutricional simple y comprensible de los alimentos envasados y bebidas analcohólicas, para promover la toma de decisiones asertivas y activas, y resguardar los derechos de las consumidoras y los consumidores”.

¿Cuándo empieza a regir la Ley de Etiquetado Frontal?

De acuerdo a las disposiciones transitorias incluidas en la norma, las obligaciones de la Ley de Etiquetado Frontal deben empezar a cumplirse a más tardar 180 días después de su publicación en el Boletín Oficial, aunque puede instruirse una nueva prórroga equivalente. Es decir que en el peor de los casos comenzará a aplicarse dentro de un año.

Hay un régimen especial para las “Micro, Pequeñas y Medianas Empresas”, como así para cooperativas y proveedores del sector de la agricultura familiar, que pueden exceder el límite de implementación por otro año.